Derechos de prevención de riesgos laborales de las personas empleadas de hogar reconocidos por el nuevo Real Decreto 893/2024.

Derechos de prevención de riesgos laborales de las personas empleadas de hogar reconocidos por el nuevo Real Decreto 893/2024.

Este Real Decreto entró en vigor el 12 de septiembre de 2024, y en su artículo 2 se recoge el derecho a la protección de los riesgos laborales en el empleo del hogar familiar, lo cual implica a su vez ciertos deberes y obligaciones de protección de la persona empleadora.

Así, la persona empleadora deberá llevar a cabo una evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y salud de las personas trabajadoras del hogar familiar, para lo que el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo creará una herramienta en la web que facilite el cumplimiento de dichas obligaciones. Además, deberá proporcionar todos los equipos de trabajo adecuados y de forma totalmente gratuita.

La persona trabajadora tiene además derecho a participar en todas aquellas cuestiones que puedan afectar a la seguridad y salud en su trabajo, y tienen derecho a obtener formaciones en materia preventiva. También se le reconoce el derecho de protección frente a la violencia y acoso, y el abandono del domicilio a consecuencia de estas situaciones, no podrá en ningún caso considerarse dimisión ni causa justificada de despido.

 

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Ignacio Fernández Fernández

Abogado especializado en Derecho Laboral en Santander